LIBRO I - DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN GENERAL SECCION II - DEL TRAMITE ADMINISTRATIVO TITULO II - DE LA DOCUMENTACION Y DEL TRAMITE CAPITULO VI - DE LA SUSTANCIACION DEL TRAMITE
Artículo 74
Los gastos que ocasione el diligenciamiento de la prueba serán de cargo
de la Administración o de las partes por el orden causado, sin perjuicio
de que pueda conferirse el beneficio de auxiliatoria de pobreza en casos
debidamente justificados mediante una información sumaria. (*)