LIBRO I - DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN GENERAL SECCION I - PRINCIPIOS GENERALES TITULO UNICO - REGLAS GENERALES DE ACTUACION ADMINISTRATIVA
Artículo 12
No podrán, en cambio, rechazar escritos ni pruebas presentadas por los interesados, ni negar el acceso de éstos y sus representantes o letrados
a las actuaciones administrativas, salvo los casos de excepción que se establecen más adelante, ni remitir al archivo expedientes sin decisión expresa firme emanada de autoridad superior competente, notificada al interesado, que así lo ordene.