FIJACION DEL VALOR DE LA BASE DE PRESTACIONES Y CONTRIBUCIONES (BPC). ENERO 2021




Promulgación: 18/01/2021
Publicación: 22/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004;

   RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma;

   CONSIDERANDO: I) que el valor fue fijado por Decreto N° 9/020, de 13 de enero de 2020 en $ 4.519,00 (pesos uruguayos cuatro mil quinientos diecinueve);

   II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, se estima necesario incrementarlo en un 7,76% (siete con setenta y seis por ciento); correspondiente a la variación del Índice Medio de Salarios en el periodo comprendido entre el penúltimo mes previo a la fecha de vigencia del ajuste anterior y el penúltimo mes previo a la vigencia del nuevo valor;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2021, en $ 4.870,00 (pesos uruguayos cuatro mil ochocientos setenta).

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - PABLO MIERES
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