ACTUALIZACION DE MONTOS DE MULTAS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS. CONTRAVENCION E INSTIGACION PUBLICA A NO PAGAR TRIBUTOS. ENERO 1983




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 25/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1180
Visto: lo dispuesto por el artículo 99 del Código Tributario.
Considerando: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 53, 95 y 98 del citado Código.

 Atento: a lo expuesto,

                  El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

   Las situaciones previstas en los artículo 95 y 98 del Código Tributario
serán sancionadas con multas de N$ 12.00 (nuevos pesos doce) a N$ 1.200
(nuevos pesos un mil doscientos).

Artículo 2

   Establécese en N$ 1.200 (nuevos pesos un mil doscientos) el monto de la
cuantía a que se refiere el artículo 53 del referido Código.

Artículo 3

   El presente decreto regirá a partir del 1º de enero de 1983.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - WALTER LUSIARDO AZNAREZ
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