Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
noviembre de 1997 en $ 164,56 (pesos uruguayos ciento sesenta y cuatro con
56/100).-