APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1992




Promulgación: 13/10/1992
Publicación: 10/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Los funcionarios que prestan servicios en el Ente tienen derecho a
servicio médico. Se abonará a cada funcionario una suma equivalente a la
cuota de afiliación completa por todo concepto de la mutualista de
primera categoría de mayor costo.
     Adicionalmente, para los funcionarios radicados en lugares del
Interior en que no haya instituciones médicas de asistencia colectiva, el
Instituto se hará cargo de eventuales contrataciones de profesionales
independientes en la zona, para asistencia de medicina general. 
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