Visto: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Instituto Nacional de Colonización, correspondiente al
ejercicio 1995.
Considerando: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Instituto Nacional de Colonización, correspondiente al
ejercicio 1995, de acuerdo con el siguiente detalle:
I - INGRESOS. $ 62,235,600
I. INGRESOS CORRIENTES 19,796,400
- Rentas de activos realizables 17,119,000
- Renta de activos Financieros 2,204,400
- Transferencias sector privado 473,000
II. INGRESOS DE CAPITAL 42,439,200
- Venta de fracciones 9,600,000
- Cuotas de amortización 1,886,000
- Cuota amortización deudas refinan. 1,390,000
- Venta de vehículos 120,000
- Préstamos compra tierra 28,320,000
- Financiación Forestación 1,123,200
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 26,796,968
Rubro Denominación $ $
0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES 14,129,829
011311.1 Directorio 602.268
Gerente General 131.096
Secretario de Directorio 110,397
011311.2 Personal presupuestado 202,063
011318 Aumento mayo 1992 y similares presup. 7,788
Rubro Denominación $ $
019311 Sueldo anual compl. presupuestados 117,413
021321 Sueldos básicos contratados 6.359,246
021327 Diferencia de sueldo 601,912
021328 Aumento mayo 1992 y similares contrat. 152,157
029321 Sueldo anual compl. contratados 943,855
036331 Retribución jornaleros y destajistas 265,725
036338 Aumento mayo l992 y similares jornal. 14,425
039331 Sueldo anual comp. jornal. y dest. 23,966
061303.1 Prima a la eficiencia presupuestados 19.590
061303.2 Prima a la eficiencia contratados 298,642
061304.1 Funciones distintas cargos permanentes 0
061304.2 Funciones distintas cargos contratados 505,057
061318 Redistrib. funcionarios presupuestados 32,922
061321 Horas extras contratados 143,630
061321 Redistrib. funcionarios contratados 11,385
062311 Gastos de representación 117,828
062310 Prima por antigüedad presupuestados 29,967
062328 Prima por antigüedad contratados 525,728
062338 Prima por antigüedad jornaleros 7.447
063.1 Compensación Aliment./transp. presup. 155.033
063.1 Compensación Aliment./transp. contrat.2,720,500
077 Quebranto de caja 21,789
1 CARGAS LEGALES S./SERVS. PERSONALES 3,738,630
111 Aporte patronal jubilatorio 3,456,478
123 Aporte patronal al F.N.V 141,080
131 Impuesto a las retribuciones person. 141,080
2 MATERIALES Y SUMINISTROS. 1,039,403
3 SERVICIOS NO PERSONALES. 3,361,344
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 1,691,858
72 Transferencias a produc. privados 51,956
734 Subsidios a gob. departamentales 112,226
74 Transf. a inst. sin fines de lucro 16,626
751 Prima por matrimonio 11,674
752 Prima por hogar constituido 272,104
753 Prima por nacimiento 11.674
754 Prestación por hijo 98,000
774 Contrib. por asistencia médica 1,083,368
779 Otros 0
791 Impuestos Nacionales 31,785
792 Impuestos Municipales 2,445
III - OPERACIONES FINANCIERAS
8 SERVICIOS DE DEUDA Y ANTICIPO 2,703,882
81 Amortización de deuda interna 2,605,678
85 Diferencia de cambio y otros 18,731
86 Préstamos 57,736
87 Devolución a colonos 21,737
9 ASIGNACIONES GLOBALES 132,022
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 32,349,700
Rubro Denominación
2 MATERIALES Y SUMINISTROS. 472,000
3 SERVICIOS NO PERSONALES 1,174,600
4 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS 1,237,000
5 TIERRAS, ED. Y OTROS ACT. PREEXIST. 24,667,200
6 CONSTRUC., MEJORAS Y REP. EXTRAORD. 4,752,000
9 ASIGNACIONES GLOBALES 46,900
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado
con vigencia 1º de enero de 1994 y 1º de mayo de 1994, e incluyen
asimismo la mano de obra de la inversión.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este Decreto.
Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en
concordancia con lo comunicado por Nota por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto con vigencia 1º de enero de 1994 y 1º de mayo de 1994.
La remuneración establecida para los cargos de los Señores Gerente
General y Secretario de Directorio queda regulada en el 95 % y el 80 %
respectivamente de la retribución de los Señores Miembros del Directorio,
excepto la del señor Presidente. La correspondiente a los cargos de nivel
gerencial (Sub-Gerente y Gerente de Area) contienen un aumento del 20%
sobre el sueldo base vigente a enero de 1994.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 488/995 de
29/12/1995.