Visto: el decreto 643/971, del 5 e octubre de 1971 y su modificativo
353/973, del 22 de mayo de 1973, que establecen las normas de
funcionamiento de la Escuela Nacional de Policía.
Considerando: 1) Que en los referidos decretos se establecen los Planes
de Estudio, los cuales están sujetos a constantes modificaciones para
adecuarlos a la evolución y desarrollo de la mencionada Escuela;
2) En consecuencia resulta conveniente excluir de tales decretos, lo
relacionado con los planes de estudio por no tener carácter permanente
facultándose al Ministerio del Interior para que proceda a su aprobación.
Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio del
Interior,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el Título VIII, Capítulos I y V del decreto 643/971, del 5 de
octubre de 1971.