Derogada/o por: Decreto Nº 636/991 de 27/11/1991 artículo 4.
Visto: la solicitud formulada por la Dirección Departamental de Salud de
Tacuarembó, para que se incorpore como Policlínica Rural a la Policlínica
de Cañas de dicho departamento.
Considerando: que de acuerdo con lo informado por las Oficinas
competentes del Ministerio de Salud Pública, se estima pertinente
incorporar a la nómina de Policlínicas Rurales establecidas en el decreto
del Poder Ejecutivo 83/978 de 8 de febrero de 1978 (Interno 13.129) a la
mencionada Policlínica.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 278 del decreto ley 14.416 de 28
de agosto de 1975,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 482/985 de 11/09/1985 artículo 1.