APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ANC. EJERCICIO 2011




Promulgación: 29/12/2011
Publicación: 30/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1855
Referencias a toda la norma

Artículo 15

 (Transformaciones y límites en la cantidad de cargos y funciones) Los
cargos y funciones contratadas cuyas partidas son establecidas en este
presupuesto son los efectivamente necesarios al 1 de enero de 2011.
El Directorio podrá, en el futuro, efectuar transformaciones de cargos y
funciones que no supongan incremento de gastos, a los efectos de adecuar
la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la
empresa.
Asimismo, el Directorio podrá presupuestar a los funcionarios, que tengan
una antigüedad mayor a un año en régimen de función pública, siempre que
cumplan con las condiciones establecidas en las leyes respectivas y en
base a la reglamentación interna. Dicha presupuestación podrá realizarse
en el Escalafón en que revista actualmente o en aquel que se corresponda
con las funciones que cumple al tiempo de efectuarse la misma.
A todos los efectos anteriores, el Directorio podrá realizar las
trasposiciones que sean necesarias entre los renglones referentes a Gastos
de Personal (Rubro 0 incluyendo los subrubros 01,02 y 03, Rubro 1 y Rubro
7).
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