IMPLEMENTACION DE PROCEDIMIENTO PARA AGILIZAR EL ACCESO AL SEGURO POR ENFERMEDAD DE TRABAJADORES AFECTADOS POR VIRUS SARS COVID-2




Promulgación: 27/01/2022
Publicación: 04/02/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Realizada la solicitud, el Ministerio de Salud Pública deberá comunicar al Banco de Previsión Social, el nombre, documento de identidad, fecha del test diagnóstico positivo y cantidad de días que deberá permanecer aislado, en función del estado vacunal del solicitante.
   Será documentación suficiente para acceder al subsidio por enfermedad Covid-19, la emisión del informe del laboratorio, con la firma electrónica o autógrafa de un técnico responsable, conteniendo el nombre y documento de identidad del trabajador y la técnica utilizada.
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