Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 27.
Artículo 7
Los Incisos de la Administración Central serán los responsables de la
adquisición de los tickets alimentación necesarios para abonar a su
personal que reúna los requisitos establecidos en la normativa
vigente. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 453/008 de 24/09/2008 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 466/007 de 03/12/2007 artículo 7.