EMISION DE BONOS DEL TESORO




Promulgación: 29/11/2002
Publicación: 11/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1570

Artículo 4

 El pago de los servicios de interés y amortización se realizará a través 
del Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del 
Estado.-
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