REALIZACION DEL CENSO GENERAL DE POBLACION Y DE VIVIENDAS - ACTIVIDAD CENSAL




Promulgación: 23/08/1985
Publicación: 11/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 218
Referencias a toda la norma
    Visto: el decreto 191/985 del 15 de mayo de 1985, que establece la
realización del VI Censo General de Población y IV de Vivienda en el
transcurso del segundo semestre del año 1985.

    Considerando: I) Que el artículo 2 del referido decreto dispone que la
fecha de su realización será determinada por el Poder Ejecutivo, con una
antelación no menor de 60 días;

    II) Que el artículo 369 de la ley 13.032 del 7 de diciembre de 1961,
declara feriado nacional no laborable el "Día del Censo".

    Atento: a lo expuesto,

     El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros

                                DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase el 23 de octubre de 1985 para el levantamiento del VI Censo
General de Población y IV de Viviendas.

Artículo 2

   En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 369 de la ley 13.032
del 7 de diciembre de 1961, declárase feriado no laborable el "Día del
Censo" en todo el territorio nacional.

Artículo 3

    Comuníquese, publíquese, etc

SANGUINETTI - CARLOS MANINI RIOS - ENRIQUE V. IGLESIAS - LUIS  MOSCA - JOSE MA. ROBAINA ANSO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - CARLOS JOSE PIRAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - ROBERTO VAZQUEZ PLATERO
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