Visto: la gestión de la Dirección de Loterías y Quinielas por la que
solicita autorización para programar y realizar sorteos de loterías con
emisiones de quince millares.
Resultando: I) que la práctica aconseja como más conveniente y
atractiva para el apostador la participación en sorteos con una cantidad
de números emitidos menor a la actual.
II) que asimismo se hace necesario una revisión de las actuales
emisiones a los efectos de lograr una efectiva comercialización.
III) que la distribución de los billetes a las Agencias de Loterías en
menor cantidad no les causará perjuicio, dado que se realizará en forma
proporcional a los repartos ya asignados.
Considerando: que la Dirección de Loterías y Quinielas tiene a su cargo
la explotación del juego de la Lotería, realizando su programación,
organización, administración y fiscalización (Decreto Nº 163/977 de 23 de
marzo de 1977), sin perjuicio de las facultades reglamentarias del Poder
Ejecutivo.
Atento: a lo expuesto y a lo informado por la Dirección de Loterías y
Quinielas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Facúltase a la Dirección de Loterías y Quinielas a realizar Sorteos de
Loterías con emisiones de quince millares, distribuyéndose los billetes
entre las Agencias de Loterías en forma proporcional a los repartos ya
asignados.