APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2008




Promulgación: 29/09/2008
Publicación: 13/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1117
Referencias a toda la norma

Artículo 75

 Los funcionarios acreditados como especializados en equipos de
sistematización de datos, tendrán asignada como retribución mensual total
el importe equivalente a los grados que se indican de la Escala Patrón
Unica, con ajuste a los niveles técnicos de función que se determinen por
aplicación de la reglamentación dictada al efecto:
                                                      GRADO ESCALA
NIVEL TECNICO DE FUNCION                              PATRON UNICA
4)   Subsecretario Técnico, Analista Líder
     de Proyectos, Jefe de Area de Programación,
     Jefe de Turno de Procesamiento y
     Comunicaciones, Jefe de Compilación de
     Datos, Jefe de Turno de Preparación
     y Control, Jefe de Implementación y
     Mantenimiento de Periferia, Jefe de
     Supervisión y Enlace con Periferia y
     2do. Auditor Informático.                             46
5)   Programador de Sistemas, Analista de
     Sistemas, Subjefe de Area de Programación,
     Subjefe de Turno de Compilación de Datos,
     Subjefe de Implementación y Mantenimiento
     de Periferia, Subjefe de Supervisión y
     Enlace de Periferia, Jefe de Sist.
     Micrográficos y Auditor Informático.                  43
6)   Programador A, Encargado de Turno de
     Soportes Magnéticos, Analista de
     Producción, Encargado de Turno de Preparación
     y Control, y Encargado de Implementación
     y Mantenimiento de Periferia.                         40
7)   Programador B, Operador de Sistemas A,
     Operador de Minicomputadores A, Jefe de
     Ayudantes de Apoyo, Encargado de Comunic.
     y Redes, Encargado de Sist. Documentales
     y Encargado de Operación de Sistemas
     Micrográficos Digitales.                              33
8)   Operador de Sistemas B, Auxiliar de
     Preparación y Control, Operador de
     Minicomputadores B, Subjefe Ayudantes de
     Apoyo y Operador de Mantenimiento de
     Redes.                                                29
9)   Codificador A, Ayudante de Apoyo A, Operador
     de Apoyo de Mantenimiento de Redes, Operador de
     Sistemas Micrográficos Digitales y Operador de
     Control de Calidad de Microformas y
     Equipamientos.                                        21
10)  Codificador B, Ayudante de Apoyo B y
     Operador de Sistemas Documentales.                    18

Se abonará por complemento por especialización la diferencia entre la suma
de todas las retribuciones reguladas por estas normas que perciba el
funcionario con excepción de las que se mencionarán en el inciso
siguiente, y la cantidad que corresponde por aplicación de la escala
incluida en este artículo.

A tales efectos, y de corresponder su cobro, no se incluirán las
siguientes partidas: Prima por Antigüedad, complementos por Horario
Nocturno, por Horas Extras, por Operación y Control de Autómatas
Bancarios, por Semana Móvil, por Soporte Técnico Continuo, por Curso de
Formación de Altos Ejecutivos de la Administración Pública y por Docencia.

Esta norma es aplicable exclusivamente al personal dependiente de la
División Tecnología y Operaciones con arreglo a la reglamentación
respectiva.

Lo dispuesto en este artículo no es de aplicación a las situaciones
creadas con posterioridad a la entrada en vigencia del nuevo estatuto
(13/6/1999).
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