APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2008




Promulgación: 29/09/2008
Publicación: 13/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1117
Referencias a toda la norma

Artículo 19

 En el marco del Proceso de Reestructura, el Directorio autorizará las
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las
consiguientes trasposiciones entre el objeto "099.001 - Previsiones para
Eventuales Ajustes por Reestructura" y el objeto "011.000 - Sueldos
Básicos de Cargos Presupuestados", con el fin de atender las
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.

 Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberán ser comunicados a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el
Banco curse las adecuaciones presupuestales, referidas en los artículos
21º y 24º de estas disposiciones, detallando los mismos con su
justificación técnica y económica.

 La presente previsión regirá en el ejercicio 2008, ajustada al grado de
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 25 y 43.
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