Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 43
Facúltase a la Dirección General de la Seguridad Social para efectuar las correcciones gramaticales o numéricas que correspondan en la
aplicación del presente Presupuesto, incluso en relación a errores u omisiones que pudieran comprobarse en los cargos de los escalafones,
dando cuenta al Poder Ejecutivo.