APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EJERCICIO 1983




Promulgación: 14/12/1982
Publicación: 29/12/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 43

   Facúltase a la Dirección General de la Seguridad Social para efectuar las correcciones gramaticales o numéricas que correspondan en la 
aplicación del presente Presupuesto, incluso en relación a errores u omisiones que pudieran comprobarse en los cargos de los escalafones, 
dando cuenta al Poder Ejecutivo.
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