PRESUPUESTO NACIONAL - PARTIDAS PRESUPUESTALES




Promulgación: 02/10/1990
Publicación: 28/11/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 393
 Visto: lo dispuesto por el decreto 348/990 de 31 de junio de 1990. 

 Resultando: que por la mencionada norma se pone en funcionamiento la
Cámara Compensadora creada por el artículo 450 de la ley 13.640 de 26 de
diciembre de 1967.

 Considerando: que a los efectos del funcionamiento de dicha Cámara, se
considera necesario habilitar al 100% los créditos presupuestases de
suministros de los incisos 2 al 19 y 25 al 27 del Presupuesto Nacional.

 Atento: a lo antes mencionado y al decreto 207/990 de 26 de abril de
1990,

      El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros

                                DECRETA:

Artículo 1

    Exceptúanse los gastos por suministros de la reducción de los
compromisos de gastos establecidos en el artículo 1 del decreto 207/990 de
26 de abril de 1990.

Artículo 2

 Comuníquese, etc.

AGUIRRE RAMIREZ - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA - MARIANO R. BRITO
- GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS
A. CAT - JULIO CESAR MAGLIONE - ALVARO RAMOS - AMADEO OTATTI FOLLE - RAUL
LAGO
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