APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2023




Promulgación: 30/12/2022
Publicación: 15/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

   Sistema de Movilidad Horizontal.
   El mismo se regirá por las Resoluciones del Directorio de UTE R.18-1491, de 25 de junio de 2018 y R 18.1562, de 28 de junio de 2018, R 18.-2805, de 25 de octubre de 2018, R19.-0264, de 7 de febrero de 2019 y Resolución de Directorio 21.-0598, de 29 de julio de 2021 de acuerdo al siguiente detalle:  

   26.1. Criterios Generales. 

   a) El Sistema prevé 5 Niveles. El Nivel 1 corresponde al nivel de
      ingreso, el Nivel 2 al nivel de afianzamiento en la organización y 
      en el puesto y los Niveles 3 a 5 se corresponden con los niveles de
      Desempeño Estándar, Desarrollo y Expertise.
   b) El Pasaje del Nivel 1 al Nivel 2 se realizará mediante un sistema
      mixto considerando la evaluación del superior jerárquico al cabo del
      primer año de desempeño (período provisorio previsto en el Estatuto
      del Funcionario). Para el Pasaje a cada nivel superior (Niveles 3, 4 
      y 5) se tendrá en cuenta: 1) la Evaluación de Desempeño por
      Competencias; 2) el Presentismo y 3) El Comportamiento Funcional
      medido por la ausencia de sanciones disciplinarias, medidos en el
      período de cambio de banda.
   c) Sobre un total de 100 puntos, la Evaluación de Desempeño tendrá un
      máximo de 80 puntos calculado en forma proporcional en función de la
      evaluación de desempeño recibida; el Presentismo, 10 puntos para
      aquellos funcionarios que no tengan ninguna inasistencia en el 
      período y 0 punto a quienes tengan un 10% de inasistencias  
      calculándose en forma proporcional entre el 0 y el 10%; y el 
      Comportamiento Funcional 10 puntos asignados a quienes no tengan 
      ninguna sanción disciplinaria de las computables a estos efectos y 0 
      punto a quienes acumulen 5 días de sanción calculándose en forma 
      proporcional entre el 0 y el 10% según el número de sanciones.
   d) La Evaluación de Desempeño para el Movimiento Horizontal se hará a
      través del sistema de gestión del desempeño por competencias, que se
      aplicará de acuerdo a lo dispuesto por la R19.-1564, de 20 de junio 
      de 2019.
   e) El Presentismo se calculará mediante la aplicación del siguiente
      indicador:

    

    
   Las incidencias incluidas en la categoría Licencia Causal Específica - que no configuran ausentismo - son:
      *  Licencia Parental
      *  Corte Electoral
      *  Licencia por mudanza
      *  Licencia maternal
      *  Licencia por enlace
      *  Licencia Parque de Vacaciones   
      *  Licencia por estudio
      *  Licencia por paternidad
      *  Licencia por duelo
      *  Licencia especial (PAP)

   Las incidencias incluidas en la categoría Lic. Médica y Accidentes Laborales - que no configuran ausentismo - son:
   .  -   Licencia por enfermedad o accidente de trabajo amparados por el BSE, o licencias médicas amparadas por UTE en el marco de accidentes graves
   .  -   Licencia médica por enfermedades oncológicas

   f) El Comportamiento Funcional mide las sanciones aplicadas al
      funcionario en el Período de Cambio de Banda (dos o cuatro según
      detalle en literal h). No se consideran para el pasaje del Nivel 2 
      al 3 y del Nivel 3 al 4 las sanciones por llegadas tarde o 
      inasistencias que hayan sido consideradas en el cálculo del 
      ausentismo. Podrán aspirar al cambio de banda todos aquellos que 
      tengan sanciones inferiores a 5 días. 
   g) La movilidad siempre será hacia niveles superiores de la banda, no
      siendo posible el retroceso dentro de la misma.
   h) Período de Cambio de Banda: Se define al Período de Cambio de Banda 
      al período de tiempo de desempeño requerido en un Nivel de la banda 
      para pasar al Nivel superior siguiente: dos evaluaciones de 
      desempeño en el Nivel 2 para pasar al Nivel 3; 2 evaluaciones de 
      desempeño en el Nivel 3 para pasar al Nivel 4 y 4 evaluaciones de 
      desempeño en el Nivel 4 para pasar al Nivel 5.  
    i) Los movimientos entre bandas se realizarán cada dos años. 

   26.2. Niveles de Control de Funcionamiento del Sistema. 

       1. Nivel individual: Cumplimiento de los niveles de exigencia 
          mínimos requeridos en cada período de evaluación a efectos de 
          ser tenidos en cuenta para el pasaje de Nivel en la banda al 
          final de los períodos considerados. Estos se complementan 
          adicionalmente con requisitos de presentismo mínimos en cada 
          período de evaluación, para garantizar una razonable evaluación 
          del desempeño en dicho período.
       2. Nivel organizacional/sectorial: Cumplimiento de los rangos 
          objetivos  de resultados esperados por nivel de la banda: Nivel 
          5 no mayor al 10%, Suma de Niveles 4 y 5 no mayor a 35%. Se 
          realizará el monitoreo de los resultados alcanzados en cada 
          período de evaluación en el ámbito de cada Área y Zona 
          organizacional (estratégica, táctica, y operacional).
       3. Requisitos Generales: Una vez alcanzada tal distribución, en 
          cada período de Cambio de Banda se evaluarán los resultados para 
          el Nivel organizacional/sectorial (por Área y zona). Cuando los 
          resultados se encuentren fuera de los rangos establecidos en el 
          numeral 2, cambiarán de banda quienes tengan el mayor puntaje 
          hasta completar el resultado esperado. En caso de registrarse un 
          empate con puntajes totales idénticos, se instrumentarán pruebas 
          a los funcionarios involucrados, cuyo resultado definirá qué 
          personas cambiarán de banda, asegurando  así la distribución 
          establecida para los distintos Niveles.

   26.3. Criterios para el Pasaje de Niveles.

        26.3.1. Criterio para el Pasaje del Nivel 1 al 2

REQUISITO
CRITERIO
Evaluación requerida  en el Nivel
Una evaluación
Seguimiento y Evaluación del primer año
Seguimiento periódico según procedimiento y evaluación por el jefe previo a completar el año de ingreso (procedimiento vigente)
Formación básica requerida para el puesto y la integración organización
Haber completado curso de inducción y aprobado formación básica para el desempeño del puesto
Sin sanciones disciplinarias y presentismo mínimo 90% 
De continuar en la organización, si el funcionario no ha cumplido alguno de los requisitos establecidos para el pasaje al Nivel 2, se prorroga un año el plazo para volver a verificar los requisitos establecidos para el pasaje de Nivel. 26.3.2. Criterio para el Pasaje del Nivel 2 al 3
REQUISITO
CRITERIO
Evaluaciones requeridas  en el Nivel  
Dos evaluaciones
Evaluaciones de desempeño por competencias anuales favorables
Deberá mostrar autonomía necesaria para realizar las tareas habituales (sin necesidad del acompañamiento inicial)
Mínimo requerido para pasar al siguiente Nivel de banda
Una  evaluación  de 70% mínimo y ninguna inferior al 60% en el periodo  
Completar formación requerida para el puesto
Haber aprobado la formación Corporativa y/o la requerida para el desempeño del puesto
Sin sanciones disciplinarias mayores a 5 días y presentismo mínimo 90%  
En cada período de evaluación
A los efectos de determinar la cantidad mínima de evaluaciones de desempeño superior requeridas para pasar al Nivel 3 se tendrán en cuenta las evaluaciones obtenidas en los últimos 4 períodos de evaluación en el puesto. 26.3.3. Criterio para el Pasaje del Nivel 3 al 4.
REQUISITO
CRITERIO
Evaluaciones requeridas  en el Nivel
Dos evaluaciones
Evaluaciones de desempeño por competencias anuales favorables
Deberá mostrar un desempeño por encima del estándar, y estar en condiciones de instruir a otros
Mínimo requerido para pasar al siguiente Nivel de banda
Una  evaluación  de 80% mínimo y ninguna inferior al 70% en el periodo
Formación para el desarrollo de las habilidades necesarias para el cierre de brechas identificadas. 
Desarrollo de las habilidades requeridas
Sin sanciones disciplinarias mayores a 5 días y presentismo mínimo 90%  
En cada período de evaluación
A los efectos de determinar la cantidad mínima de evaluaciones de desempeño superior requeridas para pasar al Nivel 4 se tendrán en cuenta las evaluaciones obtenidas en los últimos 4 períodos de evaluación en el puesto. 26.3.4. Criterio para el Pasaje del Nivel 4 al 5
REQUISITO
CRITERIO
Evaluaciones requeridas  en el Nivel
Cuatro evaluaciones
Evaluaciones de desempeño por competencias anuales favorables
Deberá mostrar un desempeño de experto y  ser referente
Mínimo requerido para pasar al siguiente Nivel de banda 
Dos evaluaciones de 90% mínimo y ninguna inferior al 80% en el período
Formación para el desarrollo de las habilidades necesarias para el cierre de brechas identificadas. 
Desarrollo de las habilidades requeridas
Sin sanciones disciplinarias y presentismo mínimo 90%  
En cada período de evaluación
A los efectos de determinar la cantidad mínima de evaluaciones de desempeño superior requeridas para pasar al Nivel 5 se tendrán en cuenta las evaluaciones obtenidas en los últimos 6 períodos de evaluación en el puesto. 26.4. Etapa de Transición. Se entiende como el período requerido para que, partiendo de la distribución actual, se logre una distribución objetivo donde la suma de los Niveles 1, 2 y 3 alcance el 65% y la suma de los Niveles 4 y 5 alcance el 35%. La convergencia hacia los rangos objetivos se evaluará en forma anual en acuerdo con OPP y MEF. 26.5. Mejoras a la eficiencia y productividad. La incorporación del SMH se acompañará con la instrumentación de las propuestas de mejora a la eficiencia y productividad establecidas en la R 17.3046, de 7 de diciembre de 2017. Su avance se evaluará anualmente en coordinación con OPP y MEF. 26.6. . Criterios implementados a partir del año 2021 Por R21.0693 se aprobó la implementación de la sub-banda salarial para el pasaje de banda del año 2021, los valores y criterios. El valor de sub-banda salarial equivalente al 33% del valor correspondiente de la banda. Se definió un límite del 75% de personas que podrían quedar comprendidas en la misma. A efectos de garantizar este valor, se incluyó una cláusula gatillo de manera que la partida se afecte en su valor en caso de producirse desvíos superiores al 10% (75% +/-10%). Esta partida no se consolidará como remuneración fija, pudiendo perderse en caso que no se cumplieran los criterios requeridos en el próximo período de pasaje de banda previsto para el año 2023.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 455/022 de 
30/12/2022.
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