REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294, LEY DE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 20/07/1976
Publicación: 27/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 264
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 90

Los particulares sólo podrán tener en su poder estupefacientes cuando
existe prescripción facultativa para ello, lo que demostrará con la copia
de la receta respectiva, que debe ser expedida por la farmacia que la
elabore, o con la justificación inscripta en el recetario de la misma que
permita establecer en número de la receta que se escriturará en el rótulo
del envase del medicamento.
Ayuda