REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294, LEY DE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 20/07/1976
Publicación: 27/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 264
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 36

  En caso de que se determine la devolución de algún producto
estupefaciente al lugar de su procedencia el interesado deberá solicitar
autorización al Ministerio de Salud Pública dando las causas que la
motivan, y acompañará a su solicitud el testimonio del país destinatario
que la autoriza.
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