REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.294, LEY DE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 20/07/1976
Publicación: 27/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 264
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.294 de 31/10/1974.
Referencias a toda la norma

Artículo 30

  Toda persona o establecimiento autorizado para comerciar con
estupefacientes, que deseen efectuar una exportación de éstos, deberá
solicitar al Ministerio de Salud Pública la autorización respectiva cada
vez que quiera realizar una de esas operaciones. Dicha solicitud deberá
ir acompañada de un testimonio por el cual se justifique que la
importación está debidamente autorizada en el país destinatario.
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