VISTO: El Oficio No. 33-2007-D, de fecha 31 de enero de 2007, cursado por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por el que solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los combustibles y alcohol carburante que se mencionan.
CONSIDERANDO: Los fundamentos que llevaron a dicho Entre para fijar los nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado Oficio y que no merecen objeciones del Poder Ejecutivo.
ATENTO: A lo dispuesto por el literal f), del artículo 3o. de la Ley No. 8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el Art. 1o. del Decreto-Ley No. 15.312, de fecha 20 de agosto de 1982,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para los
combustibles y alcohol carburante fijados por el Directorio de la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que
entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 1o. de febrero de
2007.
a) COMBUSTIBLES PRECIO POR LITRO
Gasolina aviación 100/130 $ 42,00
Jet A1 $ 19,10
Jet B $ 25,70
Gasolina Premium 97 S.P. $ 30,60
Gasolina Especial 87 S.P. $ 28,20
Gasolina Super 95 S.P. $ 29,40
Queroseno $ 19,00
Gas Oil $ 21,90
Nafta liviana (Cía del Gas) $ 11,50
Alcohol Carburante $ 42,40
POR KILOGRAMO
Supergás $ 22,38
Butano Desodorizado $ 29,00
POR MIL LITROS
Diesel Oil $ 19.600,00
Fuel Oil Pesado $ 9.040,00
Fuel Oil Pesado (UTE) $ 9.040,00
Fuel Oil Especial $ 13.700,00
Fuel Oil Especial (UTE) $ 13.700,00
Fuel Oil Medio $ 11.120,00
- - Los precios de las gasolinas, queroseno, gas oil y alcohol carburante son a granel en las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega. En el caso del precio del gas oil y del alcohol carburante incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
- - Los precios del diesel oil y fuel oil son a granel en la planta de almacenamiento de Montevideo y comprenden los impuestos (incluido el Impuesto al Valor Agregado) que correspondan pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos.
- - Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a granel en las plantas de almacenaje de todo el país y puestos de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por la aviación nacional y de tránsito creado por la Ley No. 14.189 que se adicionará cuando corresponda.
- - Los precios de los combustibles con destino al uso de buques o embarcaciones de bandera nacional, que realicen servicios de navegación y comercio exceptuando los deportivos y los buques pesqueros de bandera nacional, se fijarán tomando como referencia los precios en el mercado internacional.
b) PROPANO INDUSTRIAL Y PROPANO REDES
POR TONELADA
Propano Industrial $ 22.380,00
Propano Redes $ 22.380,00
- - Estos precios incluyen el Impuesto al Valor Agregado.
- - Los precios fijados para el Propano Industrial y Propano Redes son para el producto entregado en la Planta de ANCAP, de La Tablada y en las condiciones establecidas.