Modifícase el artículo 8vo. del Decreto 404/993 del 14 de setiembre de 1993 en la redacción dada por los Decretos 164/994 y 164/995 del 20 de abril de 1994 y del 2 de mayo de 1995 respectivamente, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)
(*)Notas:
Ver: Texto.Ayuda