COMERCIO EXTERIOR. CUEROS BOVINOS




Promulgación: 19/07/1971
Publicación: 26/07/1971

Resumen:

Modifícase el artículo 1 del Decreto N° 441/971 que prohíbe la exportación
por sesenta días de cueros bovinos de producción nacional, secos, salados,
curtidos, etc., exceptuándose las exportaciones en curso, a la fecha del
decreto invocado.



		
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