VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda correspondiente al ejercicio 2023; CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen; ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
I.- |
INGRESOS |
703.626.295 |
I.1.- |
Ingresos del Giro |
702.866.295 |
I.2.- |
Ingresos Ajenos al Giro |
760.000 |
II.- |
EGRESOS |
1.599.496.679 |
II.1.- |
Operativos |
1.592.037.479 |
II.2.- |
Operaciones Financieras |
- |
II.3.- |
Inversiones |
7.459.200 |
III.- |
DEFICIT |
(895.870.384) |
IV.- |
FINANCIAMIENTO |
895.870.384 |
Aportes Rentas Generales 2022 pendientes de cobro |
634.886.000 |
|
Aportes Rentas Generales 2023 |
260.984.384 |
|
V.- |
DÉFICIT/SUPERAVIT |
- |
LACALLE POU LUIS - IRENE MOREIRA - AZUCENA - ARBELECHEAyuda