REGLAMENTACION DEL ART. 18 DE LA LEY N° 19.353, REFERENTE A LAS COMPETENCIAS, ESTRUCTURA E INTEGRACION DEL COMITE CONSULTIVO DE CUIDADOS




Promulgación: 29/12/2016
Publicación: 05/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.353 de 27/11/2015 artículo 18.

Artículo 2

   (Cometidos): Son cometidos del Comité Consultivo de Cuidados:

   Es cometido del Comité Consultivo de Cuidados asesorar a la Secretaría Nacional de Cuidados, y por su intermedio a la Junta Nacional de Cuidados, en relación a las mejores prácticas conducentes al cumplimiento de los objetivos, políticas y estrategias del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, implementando las siguientes acciones:

   a. Monitorear la implementación del SNIC a efectos de asesorar respecto al proceso de implementación.

   b. Bregar por la garantía de la igualdad de condiciones de acceso para el conjunto de quienes son parte del sistema, y velar por el respeto de los derechos humanos de las personas que reciben y brindan los cuidados realizando informes anuales referentes a estos puntos.

   c. Asesorar en la definición de fundamentos, criterios, estrategias y metas de la acción gubernamental en el Sistema.

   d. Realizar aportes en el marco de la construcción del Plan Nacional de Cuidados y su seguimiento.

   e. Proponer estudios, debates e investigaciones, sobre la temática de cuidados y de la implementación del SNIC.

   f. Velar por el cumplimiento de los instrumentos internacionales de los sujetos de la política, incluyendo a quienes brindan los servicios de cuidado, asesorando en este sentido a la Secretaría Nacional de Cuidados.

   g. Realizar aportes a la elaboración de los informes anuales que deba realizar la Secretaría Nacional de Cuidados según lo establecido en la Ley que se reglamenta.

   h. Promover y colaborar en la difusión de los derechos que garantiza la política y los planes de cuidados.

   i. Proponer acciones que faciliten el intercambio con los diferentes sujetos de la política.

   j. Elaborar un informe bianual sobre el cumplimiento de sus cometidos.

   k. Informar y asesorar respecto de lo que la Secretaría Nacional de Cuidados le solicite.
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