INTERPRETACION DE NORMATIVA RELATIVA A EXONERACIONES TRIBUTARIAS PARA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS




Promulgación: 15/07/1976
Publicación: 21/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 185

Artículo 2

  La determinación de si la actividad particular de cada subcontratista se
encuentra o no comprendida dentro de las enunciadas en el inciso primero
del artículo anterior, deberá efectuarse en cada caso concreto, atendiendo
al vínculo de necesidad que exista entre la actividad que el mismo
desarrolla y aquella exonerada.
  En los casos específicos en que surja una duda razonable, deberá
interpretarse la calificación legal de actividades exoneradas con criterio
amplio, utilizándose todos los métodos reconocidos por la ciencia jurídica
a fin de determinar la voluntad del legislador (artículo 4º del Código
Tributario).
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