MODIFICACION DE NORMAS RELATIVAS A LA SITUACION SANITARIA ACTUAL SOBRE BRUCELOSIS Y TUBERCULOSIS BOVINA




Promulgación: 26/12/2012
Publicación: 14/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1900
Referencias a toda la norma

Artículo 10

 A los efectos del cumplimiento de lo dispuesto por el art. 4° del decreto
N° 2/997 de 3 de enero de 1997, las empresas receptoras de leche deberán
suministrar a la División Sanidad Animal, con una frecuencia semestral al
30 de junio y 31 de diciembre de cada año, al menos la siguiente
información respecto de sus remitentes:
a). Razón social del establecimiento remitente.
b). Número de DI.CO.SE.
c). Número de la matrícula con que figura en los registros de la planta.
d). Fecha de vigencia del certificado higiénico-sanitario de habilitación
o refrendación de sus remitentes.
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