VISTO: la conveniencia de emitir instrumentos en Unidades Indexadas.-
CONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de UI 600:000.000,oo
(seiscientos millones de unidades indexadas) en títulos denominados Notas
del Tesoro a cinco años de plazo, fecha de emisión 23 de diciembre de
2004, fecha de vencimiento 23 de diciembre de 2009, con una tasa de
interés nominal de 6% (seis por ciento) anual, y a emitir hasta la suma
de UI 600:000.00,oo (seiscientos millones de unidades indexadas) en Notas
del Tesoro a diez años de plazo, fecha de emisión 23 de diciembre de
2004, fecha de vencimiento 23 de diciembre de 2014, con una tasa de
interés nominal de 7% (siete por ciento) anual.-