EMISION DE BONOS DEL TESORO. 12a. SERIE




Promulgación: 08/02/1989
Publicación: 21/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 123
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Los servicios de interés y rescate, así como las comisiones y gastos
por todo concepto que demande la administración de los Bonos del Tesoro,
se realizarán a través del Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado.
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