APROBACION DEL REGLAMENTO DE POLICIA AEREA NACIONAL




Promulgación: 08/11/2001
Publicación: 14/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1148
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual 
solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de 
la Policía Aérea Nacional.

RESULTANDO: I) que el artículo 209 del Código Aeronáutico preceptúa que 
la policía aérea nacional será ejercida por la Fuerza Aérea Militar.

II) que son cometidos legales de la mencionada policía aérea, la vigencia 
del cumplimiento de todas las normas que rigen la actividad aérea, sin 
perjuicio de las competencias especiales o concurrentes de otros 
organismos públicos.

III) que es de competencia de la Dirección Nacional de Aduanas 
-Ministerio de Economía y Finanzas- coordinar el servicio de vigilancia 
aduanera, para la prevención y represión del contrabando, (literal d) del 
artículo 2do. del Código Aduanero).

CONSIDERANDO: I) la necesidad de armonizar las normas legales vigentes, 
coordinándose con los organismos competentes en la materia.

II) que nuestro país ha aprobado los Convenios y Convenciones 
Internacionales de la Aviación Civil suscritos en Chicago en 1944, Tokio 
en 1963, La Haya en 1970 y en Montreal en 1971 y el Protocolo de Montreal 
de 1988, por la Ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953, Decreto-Ley 14.436 
de 7 de octubre de 1975 y Ley 16.891 de 12 de diciembre de 1997 
respectivamente, asumiendo la responsabilidad de actuar contra los actos 
de interferencia ilícita y otros delitos contra la seguridad de la 
Aviación Civil.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando 
General de la Fuerza Aérea, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del 
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por los Códigos 
Aeronáutico y Aduanero, Decretos-Leyes 14.157 (Orgánico de las Fuerzas 
Armadas) de 21 de febrero de 1974 y 14.747 de 28 de diciembre de 1977, 
Decretos 574/974 de 12 de junio de 1974 y 718/975 de 23 de setiembre de 
1975.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébase el Reglamento de Policía Aérea Nacional (P.A.N.) el que 
quedará redactado de la siguiente manera: (*)


(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea 
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

BATLLE - LUIS BREZZO - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALBERTO 
BENSION - ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - LUIS FRASCHINI - MARTIN AGUIRREZABALA - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT - JAIME TROBO


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