VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de
la Policía Aérea Nacional.
RESULTANDO: I) que el artículo 209 del Código Aeronáutico preceptúa que
la policía aérea nacional será ejercida por la Fuerza Aérea Militar.
II) que son cometidos legales de la mencionada policía aérea, la vigencia
del cumplimiento de todas las normas que rigen la actividad aérea, sin
perjuicio de las competencias especiales o concurrentes de otros
organismos públicos.
III) que es de competencia de la Dirección Nacional de Aduanas
-Ministerio de Economía y Finanzas- coordinar el servicio de vigilancia
aduanera, para la prevención y represión del contrabando, (literal d) del
artículo 2do. del Código Aduanero).
CONSIDERANDO: I) la necesidad de armonizar las normas legales vigentes,
coordinándose con los organismos competentes en la materia.
II) que nuestro país ha aprobado los Convenios y Convenciones
Internacionales de la Aviación Civil suscritos en Chicago en 1944, Tokio
en 1963, La Haya en 1970 y en Montreal en 1971 y el Protocolo de Montreal
de 1988, por la Ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953, Decreto-Ley 14.436
de 7 de octubre de 1975 y Ley 16.891 de 12 de diciembre de 1997
respectivamente, asumiendo la responsabilidad de actuar contra los actos
de interferencia ilícita y otros delitos contra la seguridad de la
Aviación Civil.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por los Códigos
Aeronáutico y Aduanero, Decretos-Leyes 14.157 (Orgánico de las Fuerzas
Armadas) de 21 de febrero de 1974 y 14.747 de 28 de diciembre de 1977,
Decretos 574/974 de 12 de junio de 1974 y 718/975 de 23 de setiembre de
1975.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.
BATLLE - LUIS BREZZO - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALBERTO
BENSION - ANTONIO MERCADER - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO ALONSO - LUIS FRASCHINI - MARTIN AGUIRREZABALA - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT - JAIME TROBO