REGLAMENTACION DE LA LEY 18.600 SOBRE DOCUMENTO ELECTRONICO Y FIRMA ELECTRONICA. ADMISIBILIDAD, VALIDEZ Y EFICACIA




Promulgación: 08/12/2011
Publicación: 19/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1444
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009.
Referencias a toda la norma

Capítulo V - Procedimiento de Acreditación de Prestadores de Servicios
de Certificación

Artículo 17

 Otorgamiento. La acreditación será otorgada al solicitante por el plazo
que determine la UCE y estará sujeta a las inspecciones y auditorías que
requiera, conforme lo establecido en el Capítulo VII del presente Decreto.

Los prestadores de servicios de certificación podrán solicitar la
renovación de la acreditación, debiendo cumplir con los requerimientos que
la UCE estime pertinentes, tales como la auditoría, el estado patrimonial
o los antecedentes.
Referencias al artículo
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