MODIFICACIONES A LA LEY ORGANICA POLICIAL. NOTIFICACIONES AL PERSONAL POLICIAL DE LAS CALIFICACIONES Y ASCENSOS




Promulgación: 30/12/2013
Publicación: 08/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2343
VISTO: Lo establecido en los artículos 35° y siguientes de la Ley Orgánica
Policial, y lo establecido por el Decreto N° 638/971 de 5 de octubre de
1971.

RESULTANDO: que el referido Decreto tiene como fin establecer las normas
que regulan las calificaciones y ascensos del Personal Policial.

CONSIDERANDO: que resulta pertinente actualizar dicho marco jurídico,
modificando el sistema de notificaciones consagrado por el Artículo 38 del
Decreto N° 638/971.

ATENTO: a lo antes expresado y a lo establecido en el numeral 4° del
Artículo 168 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 MODIFÍCASE el Artículo 38 del Decreto N° 638/971 de 5 de octubre de 1971,
el cual quedará redactado de la siguiente forma:
"El lugar que ocupe el funcionario policial del Escalafón respectivo, será
notificado personalmente.
Aquellos funcionarios pertenecientes presupuestalmente a la Unidad
Ejecutora N° 1 del Inciso 4 (Ministerio del Interior), serán notificados
por el sistema de notificaciones electrónicas.
A estos efectos, todas las notificaciones de providencias, resoluciones,
listas de prelación, boleto de notificación y demás actos administrativos,
registrados en medio electrónico, que deban practicarse (ya sean solas o
acompañadas de documentos emitidos en el mismo medio), se realizarán en el
domicilio electrónico del usuario, creado por esta Secretaría mediante una
casilla de correo electrónico institucional y personal.
Vencido el plazo de 3 (tres) días hábiles en la casilla de correo del
destinatario, comenzarán a contarse los plazos para la presentación de
todo tipo de actuación que el recepcionante deba cumplir.
La Junta de Calificaciones pondrá de manifiesto los escalafones para el
conocimiento de los interesados.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI
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