HABILITACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES. SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES A DETERMINADAS ORGANIZACIONES Y UNIDADES EJECUTORAS




Promulgación: 05/11/2007
Publicación: 12/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1049
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Una vez procesada la información necesaria para la determinación de los
montos definitivos, y no más allá de marzo de 2008, la Contaduría General
de la Nación ajustará las partidas habilitadas por aplicación de los
artículos 1º y 2º del presente Decreto a efectos de dar cumplimiento
estricto de lo dispuesto por el artículo 347 de la Ley Nº 18.172 de 31 de
agosto de 2007, previo visto bueno del Ministerio de Economía y Finanzas.
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