APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2022




Promulgación: 16/12/2021
Publicación: 31/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 20

   COMPENSACIÓN PERSONAL. Facúltese al Directorio del Banco de Previsión Social a incluir en la Compensación Personal a aquellos funcionarios que al 31 de diciembre de 2021 revisten el grado 22 de forma permanente o interina. Dicha compensación surgirá de comparar la escala salarial establecida en el Art. 5° del presente Decreto con lo establecido en el Art. 5° del Decreto del Poder Ejecutivo N°169/021. La misma se abatirá en igual cifra en que se incremente el salario en oportunidad de producirse cambios en la carrera funcional para quienes revisten el cargo de forma permanente y hasta tanto desempeñen la función asignada para aquellos que lo hacen interinamente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 79 (vigencia).
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