REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.159 SOBRE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN EL COMERCIO




Promulgación: 29/10/2007
Publicación: 06/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 969
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.159 de 20/07/2007,
      Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 65.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - NOTIFICACION DE CONCENTRACIONES Y AUTORIZACION PREVIA DE
CONCENTRACIONES MONOPOLICAS

Artículo 40

        Los participantes del acto de concentración
        económica incluidos en el artículo anterior deberán presentarse
        mediante nota dirigida al Órgano de Aplicación, con firma
        certificada por escribano público, de las partes intervinientes o
        sus representantes o apoderados con facultades suficientes para
        solicitar autorización de la concentración económica, resumiendo
        la operación de concentración que se proyecta llevar a cabo.

        La solicitud deberá ser presentada de acuerdo al Formulario de
        Solicitud de Autorización de Concentraciones Económicas que a
        tales efectos dispondrá el Órgano de Aplicación.

        La información deberá ser agregada en tres copias impresas y otra
        en formato electrónico. Deberá acompañarse de los elementos
        probatorios que dispongan los solicitantes. Asimismo, en caso que
        la información sea estimada, deberá aclararse este extremo, así
        como la metodología seguida para su estimación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 194/020 de 15/07/2020 artículo 17.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 404/007 de 29/10/2007 artículo 40.
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