SELECCION PARA CURSOS DE MAESTRIA EN POLITICAS Y GESTION PUBLICAS




Promulgación: 18/08/2008
Publicación: 26/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 518
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 35.

Artículo 4

 Los interesados serán convocados al procedimiento de selección que se
detalla a continuación:

A) Etapas
El procedimiento constará de tres etapas, a saber:

a.1: La primera etapa se cumplirá ante un Tribunal de cinco miembros
designados por la Oficina Nacional del Servicio Civil, cuyo cometido será
determinar quiénes están en condiciones de realizar el curso, evaluando
los requisitos de admisibilidad exigidos para acceder a dichos cargos o
funciones, así como las competencias de los postulantes mediante el
análisis de un dossier ante dicho Tribunal.
El Tribunal elaborará una lista de prelación por Inciso y remitirá a la
Comisión Universitaria (Resolución del Consejo de la Facultad de Ciencias
Sociales de 8/05/08 y Expediente de la Facultad de Ciencias Económicas Nº
041050-001273-08 de 8/05/08) hasta un máximo de 90 aspirantes. El Tribunal
remitirá a la mencionada Comisión Universitaria el listado de
participantes que pasan a la siguiente etapa, sin el puntaje obtenido.

a.2: La segunda etapa se cumplirá ante la Comisión Universitaria y se
tratará de una prueba de conocimientos relacionada con las cuatro
principales áreas temáticas del programa de formación.
La Comisión Universitaria confeccionará un listado de prelación con los
correspondientes puntajes, que remitirá a la Comisión Integrada (Convenio
ONSC-UDELAR).

 El cumplimiento de esta segunda etapa sólo se verificará en el caso de
que como resultado de la primera el número de postulantes a evaluar supere
el cupo de cursantes asignado a la promoción que se concursa. (*)

a.3: La tercera etapa se cumplirá ante la Comisión Integrada, la que
confeccionará el ranking final para su remisión a la Oficina Nacional del
Servicio Civil. De existir casos dudosos, esta Comisión podrá realizar
entrevistas con los postulantes de que se trate.

B) Puntuación
Tanto la primera como la segunda son eliminatorias y tendrán un puntaje
máximo de 50 puntos cada una, siendo necesario obtener por lo menos el 70%
de dicho puntaje, para su aprobación y consiguiente permanencia en el
proceso de selección.

C) Fallo
Una vez que la Comisión Integrada remita a la Oficina Nacional del
Servicio Civil la lista de postulantes definitiva, la Dirección de la
Oficina emitirá el fallo final con la nómina de quiénes habrán de realizar
la "Maestría en Políticas y Gestión Públicas".

D) Veedor
La Confederación de Organizaciones de Funcionarios del Estado (C.O.F.E.)
podrá designar un representante que actuará en calidad de veedor del
procedimiento de selección que se reglamenta.

(*)Notas:
Literal a.2) inciso 2º) agregado/s por: Decreto Nº 388/009 de 18/08/2009 
artículo 7.
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