APROBACION DE PROYECTOS DE INVERSION DEL PROGRAMA 007, SEGURIDAD SOCIAL MILITAR




Promulgación: 29/10/1997
Publicación: 21/11/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1311
          VISTO: la gestión del Ministerio de Defensa Nacional solicitando
la aprobación de una enmienda referente a la formulación del Presupuesto
del Programa 007 -Seguridad Social Militar- Unidad Ejecutora 034
"Dirección General de los Servicios".-

          RESULTANDO: I) que la corrección consiste en habilitar los
Proyectos de Inversión 960 "Mobiliario, Equipo, Instalaciones y otros",
por la suma de $ 374.777,oo (pesos uruguayos trescientos setenta y cuatro
mil setecientos setenta y siete) y 962 "Construcciones y Adquisiciones",
por la suma de $ 779.495,oo (pesos uruguayos setecientos setenta y nueve
mil cuatrocientos noventa y cinco), a valores del 1º de enero de 1995,
cuya Financiación será 2.1 "Proventos o Ingresos por Actividad Propia".-

          II) que la gestión de apertura de los mencionados Proyectos para
el Ejercicio 1996 concluyó pasado el plazo para ser incluido en el
Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución
Presupuestal.-

          CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº
16.736, de 5 de enero de 1996.-

          ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse para el Ejercicio 1997 los Proyectos de Inversión 960
"Mobiliario, Equipo, Instalaciones y otros" y 962 "Construcciones y
Adquisiciones" del Programa 007 -Seguridad Social Militar- Unidad
Ejecutora 034 "Dirección General de los Servicios", por las sumas de $
374.777,oo (pesos uruguayos trescientos setenta y cuatro mil setecientos
setenta y siete) y $ 779.495,oo (pesos uruguayos setecientos setenta y
nueve mil cuatrocientos noventa y cinco) respectivamente, con la
Financiación 2.1 "Proventos o Ingresos por Actividad Propia".

Artículo 2

   Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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