TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 30/08/1990
Publicación: 19/09/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

    Fíjase en N$ 16,00 (nuevos pesos dieciséis) el valor del pasajero-kilómetro para el pago de las órdenes de transporte que emite el Ministerio de Transporte y Obras Públicas con cargo al artículo 366 de la ley 15.809. El referido valor tendrá vigencia para las órdenes que se canjéen por boleto abono a partir de octubre de 1990. 
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