REGISTRO DE ASPIRANTES. FUNCIONARIOS CONTRATADOS. PRESTACION INTEGRAL DE SERVICIOS DE SALUD




Promulgación: 29/01/2004
Publicación: 10/02/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 233
Derogada/o por: Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006 artículo 16.
VISTO: el Decreto Nº 111/2000 de 25 de abril de 2000;

RESULTANDO: que el mismo dispone que para la contratación de personal al 
amparo del artículo 410 de la Ley No. 16.170 de 28 de diciembre de 1990, 
a excepción de médicos, se requiere la previa organización de un Registro 
de Aspirantes y el posterior sorteo entre los candidatos habilitados;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 3º del Decreto mencionado establece que 
los aspirantes podrán presentar su postulación hasta el último día hábil 
del mes de febrero de cada año;

II) que en los años anteriores se han producido inconvenientes derivados 
de la dificultad de los interesados para acceder a la documentación 
probatoria de los cursos y títulos obtenidos debido al período de 
vacaciones de los institutos de enseñanza;

III) que el período estival afecta negativamente el reclutamiento de 
aspirantes mediante convocatorias públicas;

IV) que en consecuencia, se considera conveniente modificar el período de 
inscripción de aspirantes a ser contratados por el mencionado artículo 
410 de la referida Ley No. 16.170;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 40/004 de 29/01/2004 artículo 1.

BATLLE - CONRADO BONILLA


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