ACTUALIZACION DEL MONTO DEL TIMBRE REGISTRO DE TESTAMENTOS Y LEGALIZACIONES




Promulgación: 08/01/2004
Publicación: 19/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 79
VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del 
Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones, creado por la Ley Nº 
17.707, de 10 de noviembre de 2003.-

CONSIDERANDO: I) que el artículo 21º de la citada Ley establece que el 
Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, el 1º de enero y el 
1º de junio de cada año en función de la variación del Indice de Precios 
al Consumo, determinado por el Instituto Nacional de Estadística, en los 
períodos 1º de junio a 30 de noviembre y 1º de diciembre a 31 de mayo, 
respectivamente.-

II) que tratándose de la primera actualización del tributo, cuyo valor 
fue fijado al 1º de enero de 2003 en $ 500,oo (pesos uruguayos 
quinientos), corresponde la aplicación de un incremento del 10,84% (diez 
con ochenta y cuatro por ciento), resultante de la variación operada por 
el Indice General de Precios al Consumo entre el 1º de diciembre de 2002 
y el 30 de noviembre de 2003.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Instituto 
Nacional de Estadística.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamentos y 
Legalizaciones, creado por el artículo 21º de la Ley Nº 17.707, de 10 de 
noviembre de 2003, el que será de $ 554,oo (pesos uruguayos quinientos 
cincuenta y cuatro), para el período comprendido entre el 1º de enero y 
el 30 de junio de 2004.-

BATLLE - ISAAC ALFIE


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