APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION NACIONAL DE CASINOS. EJERCICIO 2010




Promulgación: 30/12/2010
Publicación: 31/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2094
Referencias a toda la norma

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA, JERARQUICA Y FUNCIONAL

Artículo 21

 A partir de la fecha de aprobación del presente Decreto, se transforman
las siguientes reparticiones:
21.1.- El Área Jurídica, actualmente subordinada jerárquicamente a la
Dirección General, en una unidad asesora de esta última, tal cual se prevé
en el artículo 20.1, cuya denominación será Asesoría Letrada. (*)
21.1.1.- Las Divisiones Asesoría Legal y Contencioso y Sumarios,
actualmente pertenecientes al Area Jurídica, en Departamentos Control
Legal y Contencioso, respectivamente, ambos en el ámbito de la Asesoría
Letrada.
21.2.- En el ámbito del Area de Administración General:
21.2.1.- La División Servicios Generales, en Departamento Servicios
Generales.
21.3.- En el ámbito del Area de Administración Financiera:
21.3.1.- La División Planeamiento y Control Presupuestal, dependiente de
la Gerencia del Area de Administración Financiera, en Departamento
Planeamiento y Control Presupuestal, dependiente de la División
Contabilidad de dicha Area.
21.3.2.- La División Tesorería, dependiente de la Gerencia del Area de
Administración Financiera, en División Financiera.
21.3.3.- La Unidad Liquidación de Haberes, actualmente subordinada
jerárquicamente a la Gerencia del Área de Administración Financiera, en
Departamento Liquidación de Haberes, el que pasará al ámbito del Área de
Administración de Recursos Humanos, referida en el artículo 22.1. (*)
21.4.- La División Sistemas Operativos, actualmente subordinada
jerárquicamente a la Dirección General, en Departamento Circuito Cerrado
de Televisión, el que dependerá directamente de la Gerencia del Area
Comercial.
21.5.- La Unidad Tecnología de la Información, en División Tecnología de
la Información, dependiente directamente de la Dirección General, la que
le será encargada a un profesional universitario del Escalafón A.

(*)Notas:
 Ver:   Decreto Nº 45/011 de 01/02/2011 artículo 1 (Sustituye 21.1 y 
21.3.3).
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