APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION NACIONAL DE CASINOS. EJERCICIO 2010




Promulgación: 30/12/2010
Publicación: 31/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2094
Referencias a toda la norma
VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo y de Inversiones de la
Dirección General de Casinos, correspondiente al ejercicio 2010.

CONSIDERANDO:  I) Que este presupuesto se rige por lo dispuesto en el
artículo 165 de la Ley Nro. 16.226 de 29 de octubre de 1991, modificado en
lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 194 de la Ley 16.736 de 5 de
enero de 1996, con la interpretación auténtica resultante del artículo 156
de la Ley 17.296, de 21 de febrero de 2001.

II) Que es de aplicación para el Organismo lo dispuesto en el Artículo 12°
del Decreto N° 452/967 de 25 de julio de 1967.

III) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.

IV) que el Tribunal de Cuentas ha realizado la intervención previa del
mismo.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:   

CAPITULO I

Artículo 1

 Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos
para el ejercicio 2010, de acuerdo con el siguiente detalle (en Pesos
Uruguayos):

CONCEPTO                               MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS                          4.021.080.144.oo
2.- EGRESOS                           3.019.654.621.oo
2.1.- Egresos Operativos              2.792.706.762.oo
2.1.1.- Mano de Obra                  1.208.074.165.oo
2.1.2.- Bienes y Servicios            1.584.632.597.oo
2.3.- Inversiones                       226.947.859.oo
3.- SUPERAVIT / DEFICIT               1.001.425.523.oo
Financiamiento                                    0.oo
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL            1.001.425.523.oo

La apertura según concepto, al nivel de precios enero - junio de 2009, es
la siguiente:

I.-     RECURSOS                             $

I.-1     Ingresos del Giro            4.021.080.144.oo
     I.1.1.- Ingresos por explotación 3.898.708.296.oo
     I.1.2.- Propinas                    66.343.288.oo
     I.1.3.- Ingresos Ley N° 13.453,
             Artículo 3°, Literal A
             y Ley N° 17.296 Artículo
             182, Literal D              56.028.560.oo
I.-2     Ingresos Ajenos al Giro                  0.oo
     Otros ingresos                               0.oo
     TOTAL INGRESOS                   4.021.080.144.oo
I.-3     Financiamiento                           0.oo
     TOTAL RECURSOS                   4.021.080.144.oo

Apertura por Programa:

PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE
ESPARCIMIENTO.

I - INGRESOS                                           4.004.687.871
1.1 Ingresos Corrientes no tributarios                 4.004.687.871

Ingresos por explotación                               3.948.659.311
Ingresos Ley 13.453, artículo 3, literal A
y Ley 17.296, artículo 182, literal D.                    56.028.560
II - PRESUPUESTO OPERATIVO                             2.776.714.490
Objeto del Gasto     Denominación                             $
0     SERVICIOS PERSONALES                             1.194.357.892
01     Retribución de Cargos Permanentes                  46.207.472
011.000     Sueldos básicos de cargos                     28.945.376
012.000     Incremento por mayor horario permanente       17.171.987
013.000     Dedicación total                                  90.109
02     Retribución Pers. Contratados Funciones Perm.       1.414.954
021.000     Sueldo Básico func. Contratadas                  884.346
022.000     Incremento por mayor horario permanente          530.608
03     Retribución Pers. Zafrales                          9.549.164
031.000     Retribuciones Zafrales                         9.549.164
04     Retribución Complementaria                        690.301.231
042.010     Prima técnica                                     23.328
042.026     Compensación docente                          10.791.537
042.033     Por tareas imp. cambio residencia habitual     4.302.848
042.038     Compensación personal transitoria                643.582
042.046     Por participación en recaudación             627.785.030
042.105     Comp. Personal transitoria art. 7 ley 17.930     369.675
043.006     Compensación por tecnificación y 
            fiscalización                                 14.545.186
043.007     Compensación por Acuerdo Programa              1.088.051
044.001     Prima por antigüedad                           9.363.639
045.005     Quebranto de Caja                              6.106.226
046.001     Diferencia por subrogación                       367.719
048.004     Aumentos especiales                            2.641.054
048.007     Porc. dif. del aumento art. 182 Ley 16.713     3.168.669
048.017     Aum. Sal. A partir del 1/05/03 Dec. 191/03     3.563.644
048.018     Aum. Sal. Dec. 256/004                            59.019
048.021     Aum. Adic. Dec. 259/ 05                           13.075
048.023     Rec. Salarial Ley 17.930                       2.522.193
048.026     Aumento salarial Decreto 22/07                 2.946.756
05     Retribuciones Diversas Especiales                  77.857.199
053.000     Lic. generada y no gozada                      3.030.874
057.001     Becas                                          1.399.680
057.002     Pasantías                                      1.306.368
059.000     Sueldo anual complementario                   72.120.277
06     Beneficios al Personal                            122.317.233
067.000     Compensación por alimentación                 39.321.804
069.002     Compensación por perfeccionamiento técnico    18.421.000
069.003     Prima por asistencia social                   22.585.292
069.004     Compensación por vestimenta                   41.989.137
07     Beneficios Familiares                               6.720.703
071.000     Prima por matrimonio                              54.457
072.000     Prima hogar constituido                        6.537.905
073.000     Prima por nacimiento                              81.685
074.000     Prestaciones por hijo                             46.656
08     Cargas Legales sobre Servicios Personales         237.715.772
081.000     Aporte pat. sist. seg. social sobre 
            retribuciones                                184.643.656
082.000     Otros aportes patronales sobre 
            retribuciones                                  9.468.905
087.000     Aporte patronal FONASA                        43.603.211
09     Otras Retribuciones                                 2.274.163
091.000     Retribuciones ejercicios anteriores            2.274.163
1     BIENES DE CONSUMO                                   11.109.915
2     SERVICIOS NO PERSONALES                          1.518.055.715
5     TRANSFERENCIAS                                      37.137.444
7     GASTOS NO CLASIFICADOS                              13.353.367
9     GASTOS FIGURATIVOS                                   2.700.156
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                         226.547.859
3     BIENES DE USO                                      226.547.859

PROGRAMA II: ATRIBUCIONES DE CONTROL Y SUPERVISION DE LAS ACTIVIDADES DEL
HIPODROMO NACIONAL DE MAROÑAS, PREVISTAS EN LA LEY 17.006 DEL 18 DE
SETIEMBRE DE 1998.

I - INGRESOS                                              16.392.273

II - PRESUPUESTO OPERATIVO                                16.392.273

Objeto del Gasto     Denominación
0     SERVICIOS PERSONALES                                13.716.273
01     Retribución con Cargos Permanentes                  7.586.810
011.000     Sueldos básicos de cargos                      4.741.756
012.000     Incremento por mayor horario permanente        2.845.054
04     Retribución Complementaria                          1.649.486
042.513     Compensación especial                            417.874
044.001     Prima por antigüedad                              30.331
048.017     Aumento Decreto 153/03                           498.360
048.023     Rec. Salarial Ley 17.930                         349.375
048.026     Rec. Salarial enero 2007, art. 454 Ley 17.930    353.546
05     Retribuciones Diversas Especiales                     826.302
059.000     Sueldo anual complementario                      826.302
06     Beneficios al Personal                                813.278
067.000     Compensación por alimentación                    307.803
069.003     Prima por asistencia social                      176.793
069.004     Compensación por vestimenta                      328.682
07     Beneficios Familiares                                  67.049
071.000     Prima por matrimonio                               6.807
072.000     Prima hogar constituido                           50.388
073.000     Prima por nacimiento                               9.076
074.000     Prestaciones por hijo                                778
08     Cargas Legales sobre Servicios Personales           2.773.349
081.000     Aporte pat. sist. seg. Social sobre retribuciones    
2.120.796
082.000     Otros aportes patronales sobre retribuciones     108.759
087.000     Aporte patronal FONASA                           543.794
1     BIENES DE CONSUMO                                      240.000
2     SERVICIOS NO PERSONALES                              2.000.000
7     GASTOS NO CLASIFICADOS                                  36.000

III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                             400.000
3     BIENES DE USO                                          400.000

La apertura de Inversiones por proyecto, fuente de financiamiento y las
partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros que se adjuntan,
que forman parte integrante de este Decreto.

Los ingresos estimados, los Grupos de gastos 0 "Servicios Personales", 1
"Bienes de Consumo", 2 "Servicios No Personales", 5 "Transferencias", 7
"Gastos No Clasificados" y 9 "Gastos Figurativos" se expresan a nivel de
precios vigente en el período enero - junio 2009, con excepción de los
salarios y demás conceptos vinculados que se expresan a nivel de enero de
2009 y las tarifas que se expresan al último precio vigente en el período
enero - junio 2009, considerando para esos casos un IPC de 271.

Las asignaciones que incluyen componentes en moneda extranjera, se
encuentran estimadas a la cotización equivalente a $ 23,80 (pesos
uruguayos veintitrés con ochenta centésimos) por cada dólar. (*)


(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO
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