APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA. EJERCICIO 2010




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 31/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2045
Referencias a toda la norma

Artículo 30

 La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones en términos presupuestales será la que se corresponda con la que se apruebe en el Programa Financiero correspondiente al ejercicio 2010. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 70/011 de 15/02/2011 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 397/010 de 29/12/2010 artículo 30.
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