FIJACION DE PRECIOS DE FORMULARIOS DE DECLARACION DE OPERACIONES ADUANERAS, INFORMES TECNICOS, PUBLICACIONES Y ANALISIS QUIMICOS




Promulgación: 09/10/1996
Publicación: 16/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 869
  Visto: la autorización conferida a la Dirección Nacional de Aduanas en
el artículo 179º de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

  Resultando: I) que corresponde actualizar los precios fijados
oportunamente para los formularios de declaración de operaciones
aduaneras, los precintos y los análisis químicos, en función de la
variación de sus costos.

II) que asimismo, corresponde fijar el precio de los informes técnicos y
publicaciones en materia aduanera que se realicen con fines de
divulgación.

  Considerando: que de acuerdo al inciso 3º de la norma citada, los
precios a cobrar se determinarán de conformidad con el régimen general
establecido en la Ley, incluyendo además de la recuperación integral del
costo, el beneficio asociado.

  Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 1,7 U.R. (una Unidad
Reajustable con siete décimas) el precio de los informes técnicos y de los
análisis químicos, excluida la extracción de muestras.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 0,05 U.R. (cinco
centésimas de Unidad Reajustable) el precio de cada precinto común
numerado y a 0,20 U.R. (veinte centésimas de Unidad Reajustable) el precio
de cada precinto de seguridad numerado.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Fíjase en el equivalente en moneda nacional a 0,01 U.R. (una centésima
de Unidad Reajustable) el precio de cada una de las vías de los
formularios necesarios para efectuar la declaración de las operaciones
aduaneras.
Referencias al artículo

Artículo 4

   Tratándose de publicaciones, el precio en el equivalente a moneda
nacional oscilará entre 0,008 U.R. (ocho milésimas de Unidad Reajustable)
y 0,004 U.R. (cuatro milésimas de Unidad Reajustable) por página, en
función del tiraje y cantidad de páginas del ejemplar a publicar.
Referencias al artículo

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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