REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 18.250. LEY DE MIGRACIONES




Promulgación: 24/08/2009
Publicación: 02/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 476
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.250 de 06/01/2008.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LA SALUD

Artículo 38

 Los migrantes que hagan uso de los servicios que brinden los prestadores
que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud deberán cumplir con
las disposiciones sanitarias de carácter general y con las específicas que
determinen las respectivas entidades cuando estén utilizando dichos
servicios. El incumplimiento de las mismas acarreará las consecuencias
previstas en la normativa aplicable a los nacionales.
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