FIJA UNIDAD REAJUSTABLE. ENERO 1999




Promulgación: 30/12/1998
Publicación: 13/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1528

Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de
noviembre de 1998 en $ 182,95 (pesos uruguayos ciento ochenta y dos con
95/100).-
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