REGLAMENTACION DE LA LEY 15.587 RELATIVA AL DERECHO DE HUELGA EN LA ACTIVIDAD PRIVADA




Promulgación: 12/09/1984
Publicación: 23/10/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 598
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.587 Declarada/o Nula/o de 04/07/1984.

CAPITULO I - PROTECCION DE LA LIBERTAD SINDICAL CON RELACION AL EMPLEO

Artículo 6

   La denuncia a que se refiere el artículo anterior dará lugar a la
sustanciación de los procedimientos instructorios edictados por el decreto
del Poder Ejecutivo 640/973, de 8 de agosto de 1973 y a la aplicación en
su caso de las sanciones establecidas en los artículos 488 y 489 de la ley
13.640 de 26 de diciembre de 1967. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 14 y 16.
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